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PLANES

Elige el plan que se adapte a tus necesidades

Plan UF 1.000

$39.703.500*

PRINCIPALES COBERTURAS:
  • Muerte accidental: UF 1.000
  • Invalidez total y permanente 2/3: UF 1.000
  • Desmembramiento accidental: UF 500
  • Fracturas: UF 35
  • Gastos Funerarios: UF 35

Plan UF 2.000

$79.407.000*

PRINCIPALES COBERTURAS:
  • Muerte accidental: UF 2.000
  • Invalidez total y permanente 2/3: UF 2.000
  • Desmembramiento accidental: UF 500
  • Fracturas: UF 35
  • Gastos Funerarios: UF 35

Plan UF 4.000

$158.814.000*

PRINCIPALES COBERTURAS:
  • Muerte Accidental: UF 4.000
  • Invalidez total y permanente 2/3: UF 4.000
  • Desmembramiento accidental: UF 500
  • Fracturas: UF 35
  • Gastos Funerarios: UF 35
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Principales características de cada cobertura:

Por esta cobertura la Compañía pagará a los Beneficiarios de la póliza el monto correspondiente al capital que hayas contratado, en caso del fallecimiento del Asegurado ocurrido durante la vigencia de esta cobertura y como consecuencia directa e inmediata de un Accidente, y siempre que este accidente haya sucedido por causas no excluidas en las Condiciones Generales.

La Compañía pagará al Asegurado en caso en que éste sufra una Invalidez Total y Permanente 2/3 producto de un Accidente, de acuerdo a los términos, condiciones y exclusiones establecidas tanto en la póliza principal como en esta cláusula adicional, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que la Invalidez Total y Permanente 2/3 sea causada por un Accidente ocurrido durante la vigencia de la presente cláusula adicional

b) Que la póliza principal esté vigente

c) Que la Invalidez Total y Permanente 2/3 se produzca antes que el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia que se estipule en las condiciones particulares de la póliza.

La Compañía pagará al asegurado los porcentajes que se indican a continuación, sobre el capital asegurado señalado en las Condiciones Particulares de esta cláusula adicional, si a consecuencia directa de un accidente, el asegurado sufre lesiones que le provoquen algunas de las siguientes formas de desmembramiento:

  1. El 50% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - la audición completa de ambos oídos, o - un brazo, o - una mano, o - una pierna, o - un pie, o - la visión de un ojo en caso de que el asegurado ya hubiese tenido ceguera total del otro, antes de contratar esta cláusula adicional.

     

  2. El 35% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - la visión de un ojo en caso de que no existiere ceguera total del otro, antes de contratar esta cláusula adicional.

     

  3. El 25% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - la audición completa de un oído en caso de que el asegurado ya hubiese tenido sordera total del otro, antes de contratar este adicional.

     

  4. El 20% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total del: - pulgar derecho o izquierdo.

     

  5. El 15% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total del: - índice derecho o izquierdo.

     

  6. El 13% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - la audición completa de un oído.

     

  7. El 5% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - cualquiera de los otros dedos de la mano.

     

  8. El 3% del capital asegurado de esta cobertura por la pérdida total de: - un dedo del pie, ortejo.

La Compañía pagará al Asegurado el capital asegurado para esta cláusula adicional si, a consecuencia directa e inmediata de un accidente ocurrido dentro de la vigencia y por causa no excluida, al asegurado se le diagnosticare la fractura de uno o más huesos previamente sanos, causado directamente por un accidente y que para su tratamiento requiera una intervención quirúrgica y/o la hospitalización por al menos 24 horas en un recinto de salud calificado. Se entenderán como fracturas inmediatas a consecuencia de un accidente aquellas que ocurran a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente.

 La Compañía pagará a los Beneficiarios de la póliza el capital asegurado después del fallecimiento natural y accidental del Asegurado, si ocurre durante la vigencia de la póliza y por una causa no excluida.

 

¿Cuáles son los requisitos para contratar el Seguro de

Muerte Accidental?

Edad de ingreso: desde los 18 años hasta los 63 años y 364 días.

Edad máxima de permanencia: hasta los 64 años y 364 días. 

Contar con sistema de salud Isapre o Fonasa.

 

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Preguntas frecuentes

El Seguro de Muerte Accidental entrega protección financiera a tu familia en caso de fallecimiento o invalidez producto de un accidente.

Si ocurre un siniestro, la compañía paga a tus beneficiarios el capital contratado (UF 1.000, 2.000 o 4.000 según tu plan). Además, incluye coberturas adicionales por desmembramiento accidental, fracturas y gastos funerarios.

Para contratar necesitas tener entre 18 y 63 años y 364 días de edad, contar con sistema de salud Isapre o Fonasa, y la permanencia máxima es hasta los 64 años y 364 días.

El seguro incluye 5 coberturas: Muerte Accidental (capital según plan contratado), Invalidez Total y Permanente 2/3 por accidente (mismo capital del plan), Desmembramiento Accidental (hasta UF 500, con porcentajes según el tipo de lesión), Fractura Accidental (UF 35, cuando requiera cirugía u hospitalización de al menos 24 horas), y Gastos Funerarios (UF 35, cubre tanto fallecimiento natural como accidental).

La cobertura de desmembramiento paga un porcentaje del capital asegurado (UF 500) según la lesión sufrida a consecuencia directa de un accidente.

Por ejemplo: 50% del capital por la pérdida de un brazo, una mano, una pierna o un pie; 35% por la pérdida de visión de un ojo; 20% por la pérdida del pulgar; entre otros. El detalle completo de porcentajes por tipo de lesión está disponible en las Condiciones Generales de la póliza.

Para que una fractura esté cubierta, debe ser consecuencia directa e inmediata de un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro, afectar uno o más huesos previamente sanos, y requerir intervención quirúrgica u hospitalización de al menos 24 horas.

La fractura debe producirse dentro de las 24 horas siguientes al accidente.

Las exclusiones específicas de cada cobertura se encuentran detalladas en las Condiciones Generales de la póliza.

En términos generales, las coberturas aplican solo cuando el siniestro es consecuencia directa de un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro y por causas no excluidas.

Para conocer el detalle completo, puedes revisar las condiciones en www.alemanaseguros.cl o contactarnos al 600 006 0900.

Puedes contactarnos al teléfono 600 006 0900 o por correo electrónico a seguros@alemanaseguros.cl.